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Los objetivos de calidad a cumplir en el marco estatal son los establecidos en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, así como el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
En determinados proyectos (infraestructuras viarias) el objetivo es determinar los niveles sonoros que generará una infraestructura en estado de explotación y la efectividad de las medidas correctoras que puedan plantearse, de forma previa a la puesta en uso de la misma, para lo cual se hace necesario el uso de un software de simulación acústica.
En estas ocasiones se elabora un modelo predictivo de la infraestructura y su entorno mediante software de simulación acústica que permiten modelizar los niveles sonoros y planificar correctamente las medidas correctoras a plantear.
Por su parte, los planes acústicos municipales tienen por objeto la identificación de las áreas acústicas existentes en el municipio en función del uso que sobre las mismas exista o esté previsto y sus condiciones acústicas, así como la adopción de medidas que permitan la progresiva reducción de sus niveles sonoros para situarlos por debajo de los previstos en la ley.
Los municipios de más de 20.000 habitantes elaborarán sus respectivos planes acústicos que contemplarán todo el término municipal.
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